Esta mañana, con el fin de avanzar en el efectivo cumplimiento del artículo 65 de la ley 26.522, referido a la cuota de música nacional e independiente que deben programar las emisoras radiales de todo el país, el presidente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, recibió a representantes de distintas entidades que nuclean a las radios privadas y comunitarias así como a referentes de organizaciones de músicos independientes.

El encuentro, realizado en la sede de AFSCA, estuvo encabezado por el titular de ese organismo, el presidente del Instituto Nacional de la Música (INaMu), Diego Boris, y representantes de la Federación Argentina de Músicos Independientes(FA-MI) como Cristian Aldana (Unión de Músicos Independiente- UMI), Federico Denis (Asociación Civil SUROCK) y Ramón Antuz (Asociación de Músicos Independientes de Santiago del Estero- AMUISE). También estuvieron presentes la titular del Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO), Mariela Pugliese; el titular de la Asociación de Radiodifusoras Bonaerenses y del Interior de la República Argentina (ARBIA), Osvaldo Francés; el periodista y referente de la Coalición por una Comunicación Democrática, Néstor Piccone; el director ejecutivo de la Asociación de Radiodifusoras Privadas de Argentina (ARPA), Héctor Parreira; el director Nacional de Relaciones Institucionales y Comunitarias de AFSCA, Sebastián Rolandi; el subdirector Nacional de Gestión, Pablo Capurro; y el subdirector General de Asuntos Regulatorios de AFSCA, Mariano Tilli; entre otros.

Durante la reunión, se evaluó el impacto del aplicativo Web desarrollado por AFSCA para la fiscalización, a través del cual las radios de todo el país (que facturen más de $2.000.000 anuales, según Resolución N°1203/2013, y otras que así lo deseen), suministren por medio de Declaraciones Juradas, la información de su programación, como de los fonogramas que emiten.

Por otra parte, la AFSCA y la FAMI ratificaron el compromiso asumido en 2013, cuando firmaron un convenio de cooperación para trabajar conjuntamente en las tareas de verificación de los datos entregados por las emisoras, en cumplimiento del artículo 65 de la LSCA. En ese marco, se incorporó la participación de las diferentes organizaciones de músicos independientes de todo el país, nucleadas en la FAMI, como garantía federal de la identificación de las producciones fonográficas independientes.

Al finalizar la reunión, Sabbatella consideró que “esta ley vino a garantizar la posibilidad de que todas las voces que conforman lo más diverso y plural de nuestra cultura argentina tengan su espacio para ser difundidas”. El titular de AFSCA agregó que “la música independiente ha logrado un desarrollo importantísimo en todo el país con producciones de gran calidad, y es fundamental que sea el Estado el principal garante y promotor del conjunto delos trabajadores y trabajadoras de la cultura”.

Por su parte, el presidente del INaMu, Diego Boris,sostuvo:“celebramos que se haya logrado un sistema para fiscalizar la emisión en todas las radios del 30% de música nacional y también que, dentro de ese porcentaje, se garantice la difusión del sector independiente como lo establece el artículo 65 de nuestra valorada Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. El sector independiente es el que más ha crecido en los últimos años y, paradójicamente, su circulación había quedada relegada en los medios masivos de comunicación. La implementación de este artículo nos va a permitir escuchar por las radios gran parte de la diversidad musical que existe en nuestro país”.

Cristian Aldana, representante de la UMI en la FA-MI,  también celebró los avances conseguidos: “Los músicos independientes tenemos una herramienta fundamental que dará visibilidad a nuestras obras en medios de comunicación a los que antes no teníamos acceso.La difusión en estos medios ha sido una de las mayores problemáticas para nuestra actividad, por eso el artículo 65, la identificación realizada de manera federal por distintas organizaciones de músicos y la fiscalización del AFSCA mediante este acuerdo supone un logro de especial relevancia para nosotros”.

El Art. 65, inciso A)ii, contempla que las emisoras de radio privadas y no estatales deben emitir como mínimo el 30% de música nacional por cada media jornada, repartida proporcionalmente a lo largo de toda la programación, y de esa porción, un 50% deberá ser de música producida en forma independiente,donde el autor y/o intérprete ejerzan los derechos de comercialización.

De ese modo, mediante la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, Argentina se convierte en el primer y único país del mundo en asegurar una cuota de difusión en las radios para el sector más vulnerable del sector audiovisual: los mismos creadores e intérpretes musicales.

Las siguientes organizaciones integrantes de la FA-MI, cooperarán en la fiscalización en las distintas provincias:

UMI- Unión de Músicos Independientes
AMUISE– Asociación de Músicos Independientes de  Santiago del Estero
SU ROCK– Asociación Civil
EL QUBIL– Músicos Independientes de Rosario
AMI PLAZOLETA -Asociación de Músicos Independientes de Trenque Lauquen
UMITA-Unión de Músicos Independientes Tucumanos Autoconvocados
MITO-Músicos Independientes de Tandil Organizados
SEPTIEMBRE ROCK (Músicos de Santa Cruz)
UEMI– Unión Entrerriana de Músicos Independientes (Concepción del Uruguay, Entre Ríos)
CIMA– Colectivo de Industrias Musicales Autogestionadas (Paraná, Entre Ríos)
MPM– Músicos Populares de Misiones
MIF– Músicos Independientes de Formosa
MIO-Músicos Independientes Organizados (Mar del Plata)
MIAS– Músicos Independientes Asociados de Salta
MUEBA– Músicos en Bariloche
ARAZÁ– Asociación Civil y Cultural de Chaco
UNIMUV– Unión de Músicos Villamarienses (Villa María, Córdoba)
LA CUEVA– Agrupación de Músicos Independientes Escobar (Buenos Aires).

Otras entidades que van a cooperar con esta identificación serán: la AMI- Asociación de Músicos Independientes de Neuquén y el MIMM-Movimiento Independiente de Músicos Mendocinos.

En breve se informará el modo en que los músicos independientes de las distintas provincias pueden acercar su material discográfico para su emisión en las radios, contemplada en el mencionado artículo Nº 65.

Fuente:
UMI – Unión de Músicos Independientes
www.umiargentina.com